lunes, 26 de junio de 2017

CIRCULAR AUSENCIAS POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD

Estimados compañeros/as:

Venimos detectando determinadas prácticas empresariales que tienen como fin la contratación de empresas o sociedades médicas para comprobar y verificar el estado de los trabajadores en situaciones de baja derivadas, generalmente, de contingencias comunes.

Todo ello en virtud del poder de organización que le confiere al empresario el artículo 20 apartado 4 del ET.

Por este motivo consideramos oportuno difundir los siguientes criterios de actuación en aquellos supuestos de llamamiento a los trabajadores para someterse a reconocimiento médico que obedezca a este poder empresarial:

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